La SCJN impone que las mujeres aborten a su hijo con un amparo

Hoy trataremos un tema que nos preocupa a todos, pero particularmente a las organizaciones como Un Día Por Todas que trabajamos a favor de la dignidad de la mujer. La  Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictó recientemente una resolución respecto al aborto que impacta directamente a las mujeres. Es importante destacar que las sentencias dictadas por nuestro más Alto Tribunal tienen criterios que deben seguir nuestros juzgadores en temas relacionados en casos similares. Básicamente, la sentencia mencionada resuelve que una mujer pueda cometer un aborto en el presente o en el futuro mediante un amparo. Ahora bien, nosotros consideramos que esta decisión no favorece el bienestar de la mujer ya que es un retroceso en la promoción de su dignidad, y porque el aborto no es una solución para un embarazo inesperado. 

A continuación te comentaremos brevemente los antecedentes de esta resolución. El pasado 21 de junio de 2023, la Primera Sala de SCJN emitió una resolución en la que determinó que una mujer, o como lamentablemente ellos mencionaron, “persona con capacidad de gestar” (el término cosifica a la mujer, además de ser incorrecto) puede impugnar, mediante un juicio de amparo, cualquier norma que exista en el estado donde resida que restrinja su intención de abortar. Además, podrá hacerlo sin ninguna penalización [1]. Esto significa que una mujer, incluso alguna que no esté embarazada, puede solicitar un amparo que le permita acudir a un centro de salud para cometer aborto en el presente o en el futuro, y se lo tendrán que conceder por el criterio que acaba de dictar la SCJN. Es como si las mujeres pudieran comprar un comodín por si lo necesitan utilizar en algún momento. 

Los alcances jurídicos de esta resolución implican que la SCJN está imponiendo el aborto a través de amparos. Como podemos ver, la SCJN comete un grave error al considerar como “derecho” de una mujer el aborto, el cual vulnera abiertamente el derecho a la vida de otro ser humano que es la persona en gestación. Es un grave error jurídico el que se otorgue un “supuesto derecho” a una persona para permitirle vulnerar derechos de terceros.

Es importante puntualizar dos reflexiones relacionadas con esta resolución en cuanto a porqué la consideramos un retroceso para la promoción de la dignidad de la mujer y porqué el aborto no es una solución ante un embarazo inesperado:

1. Es un retroceso a la dignidad de la mujer ya que el aborto, además de  quitarle la vida a otro ser humano, expone a la mujer a riesgos graves en su salud física y mental. Dichos riesgos están comprobados con múltiples estudios y a través de experiencias de mujeres que han cometido abortos. El Dr. Juan Carlos Balcázar, reconocido médico gineco-obstetra, ha expuesto que el aborto quirúrgico puede provocar laceraciones en el cuello del útero, infecciones, sepsis, etc. El aborto farmacológico (o por medio de pastillas) utiliza medicamentos que se idearon para resolver problemas gastrointestinales muy puntuales, además de que en dosis muy pequeñas y cuantificadas, se ha utilizado para estimular el parto. ¿Cómo es posible que el aborto se considere como un derecho de la mujer si la somete a estos riesgos? Para mayor información de estos riesgos puedes consultar la siguiente liga: https://www.facebook.com/ConParticipacion/videos/257615725466537.

Además, en el caso de una violación a una mujer por la cual resulte embarazada, con el aborto lejos de castigarse al agresor, se utiliza a un ser humano inocente como “chivo expiatorio”, como lo es el hijo en gestación, para intentar mitigar el dolor de la mujer, sin embargo, no borrará jamás el delito que se cometió contra ella y el verdadero culpable seguirá libre. Para saber más sobre los alcances jurídicos del delito del aborto, puedes consultar la siguiente liga: https://www.facebook.com/watch/?v=768186187050956.

2. Por otra parte, el aborto no da ninguna solución ante un embarazo inesperado y tampoco va a solucionar ninguna de las causas que hacen que una mujer piense en abortar. Por ejemplo, la mujer que tiene problemas económicos los va a seguir teniendo, nada más que ahora tendrá en su historia el recuerdo de un hijo al que le quitaron la vida. Asimismo, la mujer que tiene problemas en el trabajo y que siente miedo de que la despidan por estar embarazada va a seguir teniendo ese miedo, va a continuar sufriendo condiciones injustas porque no va a poder ser madre sin que tenga la posibilidad de sufrir un despido. 

Lo que una mujer necesita no es que la fuercen a eliminar la vida de su hijo en gestación, sino que le den los apoyos necesarios para salir adelante con su embarazo, y también una vez que nazca su hijo. Pensémoslo bien, ¿qué es más fácil para las autoridades, promover abortos o darle apoyo médico y laboral a una mujer embarazada? El aborto solo es una salida fácil creada por las autoridades que engañan a las mujeres haciéndoles creer que dicho delito es “su derecho”. Al permitir el aborto en realidad evaden las verdaderas responsabilidades que les corresponden, como implementar políticas públicas adecuadas, así como espacios necesarios en todos los ámbitos para que una mujer embarazada salga adelante son su bebé. Ciertamente, invertir en atención médica durante el embarazo, centros de lactancia, guarderías y garantías para que las mujeres no sean despedidas de un trabajo cuesta mucho más que dar una pastilla abortiva a una mujer embarazada desesperada por falta de apoyos reales.

En conclusión, no te dejes engañar por esta resolución de la SCJN que ni siquiera le da su lugar a la mujer, ya que la pone en serios riesgos con el aborto (además de invisibilizar al hijo por nacer), y contribuye al borrado de mujeres con un léxico tan absurdo que en lugar de mencionar la palabra “mujer” se expresa de nosotras como “personas con capacidad de gestar”. Nosotras nos preguntamos, ¿quiénes además de las mujeres en la especie humana tienen capacidad de gestar?

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